Maira Tevez: la fiscal asegura que la mataron “con ensañamiento, haciéndola padecer sufrimientos físicos innecesarios”
| Provincial |
La causa por el homicidio de la estudiante en Sáenz Peña fue elevada a juicio y este viernes, la fiscal dio a conocer aspectos de la investigación que hasta el momento se habían mantenido en reserva. “La víctima se encontraba aún con vida cuando el imputado inició su decapitación, razón por la cual entiende que Héctor Mario Ponce, amén de haber herido gravemente a Maira Tevez de modo alevoso, lo hizo además con ensañamiento, haciéndola padecer sufrimientos físicos innecesarios. Innecesarios, porque cualquier forma aunque no se hubiera producido la muerte instantánea del sujeto pasivo como consecuencia del disparo, resulta lógico que la grave herida producida como consecuencia de aquel, hubiera provocado su deceso en un breve lapso de tiempo, mas aún teniendo en cuenta que no contaba con posibilidad alguna de recibir asistencia médica inmediata”, aseguró la fiscal Liliana Lupi.
La requisitoria de elevación a juicio tiene 14 páginas donde se describe claramente el hecho. Se menciona que “se ha acreditado suficientemente que la victima se encontraba aun con vida cuando el imputado inicio su decapitación – en etapa de agonía y shock- como lo indica el forense, razón por la cual entiende que Héctor Mario Ponce, amen de haber herido gravemente a Maira Tevez de modo alevoso, lo hizo además con ensañamiento, haciéndola padecer sufrimientos físicos innecesarios. Y digo innecesarios, porque cualquier forma aunque no se hubiera producido la muerte instantánea del sujeto pasivo como consecuencia del disparo, resulta lógico que la grave herida producida como consecuencia del aquel, hubiera provocado su deceso en un breve lapso de tiempo, mas aun teniendo en cuenta que no contaba con posibilidad alguna de recibir asistencia medica inmediata”.
Respecto al ensañamiento hay una explicación relacionado con este tema donde la fiscal deja constancia que “el ensañamiento consiste, según la jurisprudencia argentina en acrecentar deliberadamente e innecesariamente el sufrimiento de la persona ofendida y debe producirse antes del fallecimiento. Y al respecto no puede dejar de soslayarse que el incriminado no pudo desconocer en la eventualidad que decapitaba a su victima aun estando con vida, en razón de que conforme fotocopia del documento elevado por la Universidad Nacional del Nordeste- Facultad de Medicina cursó y aprobó entre otras materias anatomía. Se descarta en consecuencia que Ponce pudiera haber supuesto que no estaba acrecentando el padecimiento de la victima o hubiera creído que iniciar el decapitamiento de la misma en tales circunstancias resultaba indispensable para lograr sus propósitos homicidas”
INNUMERABLES PRUEBAS EN LA CAUSA
En cuanto a las pruebas que se fueron adjuntando a esta compleja causa son innumerables y van desde el acta inicial de la Policía con la constatación del hecho pasando por la testimonial de la hermana de Maira Tevez, distintos informes producidos por la División de Investigación, el informe técnico elaborado por el Gabinete Científico, distintas testimoniales, Pericia Psicológica de Héctor Mario Ponce, Informe Anatomo Patológico, acta de mensajes de textos extraídos del celular de la victima, informe forense entre otras.
Otras de las pruebas contundente es la declaración de uno de los menores que encontró el bolso con el cuerpo, el niño inclusive había acompañado a Ponce en la moto hasta muy cerca del domicilio para que le de $ 4 por haberlo ayudado a tirar el bolso con parte del cuerpo de la joven.
EL QUIEBRE DE PONCE ANTE LA POLICÍA DETERMINÓ SU TOTAL RESPONSABILIDAD
Cabe mencionar también que hay constancia en el expediente de elevación juicio el momento en que el único imputado en la causa encontrándose en dependencias de la Dirección de Zona Interior, tras ser informado de su situación legal este se quiebra y entre sollozos cuenta que había pasado con Maira Tevez, detallando todo lo que había hecho el día en que la joven murió.
La fiscal Lupi en el punto de valoración de la prueba considera que “tras haber realizado un análisis pormenorizado de todo lo actuado considera que se han recopilado suficientes elementos que acreditan la existencia y materialidad del ilícito, como así también la autoria del incriminado en el mismo”. runSWF("banners/750X100_MAMALY_MODAS_50OFF",750,100,"9,0,28,0","#FFFFFF")
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