Respuesta de la defensa de Alberto Silveira y Beatriz Kosik sobre la condena por evasión impositiva publicada en los medios
| Nacional |
Nos dirigimos a Ud en el carácter de abogadas defensoras de los Sres. Alberto Silveira y Beatriz Malena Kosik, en relación a la información publicada en la versión digital del día de la fecha, respecto de la sentencia de fecha 17.03.10 en la que el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 2 condena a nuestros defendidos por la presunta comisión del delito de evasión impositiva, atento a que la versión que hizo pública la AFIP se encuentra plagada de numerosas omisiones e imprecisiones que han provocado en nuestros defendidos una gran indignación y consternación.
Cabe destacar en principio que no se conocen aún, ni se conocerán hasta el día 19 de abril los fundamentos de la sentencia, de manera que son desconocidas para todas las partes que han intervenido en esta causa hasta esa fecha las motivaciones del fallo. Es por ello que cualquier información divulgada al respecto, son meras inferencias de la AFIP que con total falta de ética e irresponsabilidad ha ventilado.
La causa se inicio en el año 1999 y no en el año 2004.
No se conocen los fundamentos del fallo por lo tanto, no se conocen aún las cifras que los magistrados han determinado.
Es técnica y legalmente incorrecto lo sostenido por la AFIP que en cuanto a que nuestros defendidos “haciendo abuso de los beneficios de una promoción industrial, concretaron la maniobra delictiva a través de la utilización de facturas apócrifas”, pues se confunden en tal afirmación conductas que jurídicamente son independientes.
Del mismo modo, es falso que se haya acreditado que las empresas fueran una sola unidad económica. La Fiscalía no formuló tal acusación y se desconoce por el momento cual fue la decisión del Tribunal en ese punto.
Se discutió en la etapa del debate si existía o no un grupo económico, y aún no sabemos cuál fue el criterio del Tribunal en este sentido, es por ello resulta falsa y aventurada la publicación de esta noticia
Se dio la noticia a que fueron condenados a 4 años y 3 años y medio a cumplir prisión efectiva, como dando por sentado que hablamos de una sentencia definitiva, cuando en detrimento de los acusados, con total desinformación y afectando principios y garantias fundamentales del ordenamiento jurídico, la AFIP, omitió intencionalmente mencionar que se trata aún de una sentencia que no se encuentra firme y que seguramente quedará en manos de la Cámara Nacional de Casación Penal, el dictado de una resolución definitiva.
Nuestros defendidos se encuentran aún solicitando se haga Justicia. Nos preguntamos, qué pasaría si la Excma Cámara de Casación Penal y/o la Corte Suprema de Justicia, en su caso, deciden modificar la sentencia y absuelven a los Sres Silveira y Kosik? Quién se va a responsabilizar por el daño que injustificadamente provocó la AFIP a nuestros defendidos y a su familia al divulgar esta noticia con argumentos que son incorrectos jurídicamente , y falsos desde todo punto de vista?
Por último quedamos a Vtra entera disposición para informar sobre los hechos ventilados en la causa, las figuras legales y las garantías constitucionales que se encuentran en juego, acerca de todas las vicisitudes y la total incompetencia con la que los agentes de AFIP actuaron en los casi 11 años que lleva esta causa en trámite… y que aun no terminó…
| < Prev | Próximo > |
|---|
- El hijo de Grimau se había escapado del Hospital Fernández
- Juez: "Hace un mes que estoy al pedo en el Senado "
- Córdoba: Los presos quieren la asignación universal
- Insólito: Filman a inspectores empujando un auto para inventar una infracción
- Kirchner mide la imagen de Florencia Peña para el 2011
- Se entregó otro de los acusados por el crímen del adolecente
- En Santa Fe asesinan a un jóven de 18 años
- Condenan con prisión efectiva a cuatro empresarios por evasión agravada
- Ley Penal Tributaria: brindarán detalles sobre el proyecto de reforma
- El Dr Jorge Rizzo, Presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal presentó un proyecto para modificar el Consejo de la Magistratura










